Procedimiento de Subasta
Impedimentos para Participar como Postor
- Prohibiciones:No podrán participar como postor directa o indirectamente las personas referidas en los artículos 1366º, 1367º y 1368º del Código Civil.
- Deudas y Litigios:Quienes tengan deudas y/o asuntos de litigio con la Sociedad de Beneficencia de Arequipa.
- Deudas Morosas:Quienes registren deudas morosas en el sistema financiero integrado y/o SUNAT serán descalificados automáticamente con el simple reporte informático.
- Familiares de Inquilinos:No podrán participar familiares dentro del cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad de los inquilinos que hayan sido parte de procesos judiciales con la Sociedad de Beneficencia de Arequipa.
Inscripción de Postulante a Subasta Pública
Persona Natural
- Fotocopia simple de DNI
- Declaración jurada simple de no estar impedido de intervenir en la subasta
- Copia del recibo de depósito de garantía del 6% de la base imponible del alquiler
- Copia del recibo de la compra de bases
Persona Jurídica
- Copia RUC
- Fotocopia simple del DNI del representante legal
- Declaración jurada simple de no estar impedido de intervenir en la subasta
- Copia del recibo de depósito de garantía del 6% de la base imponible del alquiler
- Copia del recibo de la compra de bases
Puja Mínima por Postor
Puja Mínima:Si se presenta un solo postor, se adjudicará con el ofrecimiento mínimo de S/20.00. Si existen dos o más postores, el ofrecimiento mínimo es de S/10.00 por postor.
Modalidad
Buena Pro:Se otorga al postor que oferte el monto más alto, tomando como referencia la renta base.
Garantía
Depósito de Garantía:Será de 02 meses de renta mensual incluido el 6% de la base imponible del alquiler y el IGV, y 01 mes de renta adelantada incluido IGV.
Plazo
Duración del Contrato:El plazo de los contratos de arrendamiento es de un (1) año. Excepcionalmente, se dará en arrendamiento por un plazo mayor, previa evaluación e informe de la Dirección de Gestión Inmobiliaria, no excediendo de diez años.
Renovación:En caso de renovación, el arrendatario que esté al día en el pago de sus rentas mensuales podrá recibir un plazo de 2 años como reconocimiento por buen pagador, previa informe de la Dirección de Gestión Inmobiliaria.